Canal de denuncias

Las empresas que tengan 50 o más trabajadores estarán obligadas a implantarlo.

El 17 de diciembre de 2021 finaliza el plazo para que los países de la UE adapten a su normativa interna la Directiva que obliga a las empresas a tener un protocolo para denunciar prácticas irregulares.

Dicha obligación afectará a empresas con 50 o más empleados. No obstante, para empresas de entre 50 y hasta 249 empleados, el plazo de implantación se amplía hasta el 17 de diciembre de 2023.

Estos procedimientos deberán permitir la denuncia de irregularidades por parte de los empleados de la entidad. Y cualquier sanción a quienes ejerciten ese derecho constituye una represalia y una vulneración de derechos fundamentales: la empresa no puede exigir a sus empleados silenciar prácticas contrarias al ordenamiento jurídico (laborales o de otros ámbitos).

Los procedimientos de denuncia deberán incluir:

  • Los cauces para recibir denuncias en los que se garantice la confidencialidad de la identidad del informante y se impida el acceso al personal no autorizado;
  • La designación de la persona o del servicio competente para tramitar las denuncias;
  • Un plazo razonable, no superior a tres meses tras la denuncia, para comunicar al informante el curso dado a la misma;
  • Información clara y fácilmente accesible sobre los procedimientos.

Recuerde que los protocolos en materia de acoso moral, sexual y por razón de sexo ya deben regular la presentación y tramitación de denuncias en estas materias.

 

 

Nuestros profesionales le informarán sobre esta nueva obligación que próximamente deberán cumplir las empresas 

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