Prorrogados hasta 28 de febrero de 2022

Se ha aprobado el Real Decreto que prorroga la vigencia de los ERTE

Se han prorrogado hasta el 31 de Octubre de 2021 los ERTE vigentes a 30 de septiembre de 2021. Para extenderlos a partir del 1 de noviembre 2021 y hasta el 28 de febrero 2022, las empresas afectadas estarán obligadas a presentar una solicitud ante la autoridad laboral entre el 1 y el 15 de octubre. La resolución deberá dictarse en el plazo de 10 días hábiles, y en caso de ausencia de resolución expresa, la solicitud de prórroga  se entenderá estimada por silencio administrativo positivo.

Las empresas con ERTE prorrogado que cuenten con acciones formativas para cada una de las personas afectadas por el ERTE  podrán acceder a mayores exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. El plazo para la prestación efectiva de estas acciones formativas finalizará el próximo 30 de junio de 2022, y las exoneraciones, que sSe aplicarán respecto a las personas afectadas por el ERTE entre el 1 de noviembre de 2021 y 28 de febrero de 2022, serán las siguientes:  

 

% exoneración

 

 

ERTE de FORMACIÓN

 

10 o más personas

40% sin plan formación

80% con plan formación

 

Menos de 10 personas

50% sin plan formación

80% con plan formación

ERTE por IMPEDIMENTO

 

 

100%

 

El mínimo de horas de formación que debe realizar cada persona por la que las empresas se hayan aplicado exenciones, a partir de 10 personas de plantilla, es el siguiente:

Número de empleados

Horas de formación

De 10 a 49

30 horas

50 o más

40 horas

 

Las empresas afectadas tendrán derecho al incremento del crédito para la financiación de actividades formativas, según su tamaño:

Número de personas

Ayuda por persona

De 1 a 9

425 euros

De 10 a  49

400 euros

50 o más

320 euros

 

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